La Secretaría de Energía aprobó la metodología de diferimiento de pago de los consumos residenciales de gas natural y de propano indiluido por redes, en las facturas emitidas a partir del 1 de julio último y hasta el 31 de octubre próximo.
Lo hizo a través de la resolución 488/2019 publicada hoy en el Boletín Oficial, que instruyó a la Subsecretaría de Hidrocarburos y Combustibles a administrar, ejecutar e implementar bajo su órbita el procedimiento de compensación establecido.
Además, requirió al Ente Nacional Regulador del Gas (Enargas) la remisión a la Subsecretaría de Hidrocarburos y Combustibles de los informes previstos en la metodología que se aprueba por esta medida, en los términos y condiciones allí previstos.
Energía estableció, en beneficio de los usuarios residenciales de gas natural y de propano indiluido por redes, con carácter excepcional, un diferimiento de pago del 22% en las facturas emitidas a partir del 1 de julio de último y hasta el 31 de octubre próximo. También determinó que el monto objeto de diferimiento será recuperado a partir de las facturas regulares que se emitan desde el 1 de diciembre próximo, y por cinco períodos mensuales, iguales y consecutivos.