La Suprema Corte bonaerense incorporó la licencia laboral por violencia de género como derecho para sus trabajadoras. La medida fue celebrada por la Asociación Judicial Bonaerense (AJB), el gremio de los trabajadores del sector.

A través del acuerdo 3949, la Corte dio lugar a un reclamo que venía manteniendo desde hace tiempo la AJB y estableció una licencia por violencia de género de hasta 30 días para quien padezca una situación de estas características.

En la reglamentación, el organismo judicial también determinó que “los afectados podrán solicitar su traslado por razones de seguridad, a fin de preservar su integridad personal o familiar”.

“Por violencia de género: quien se encuentre en cualquiera de las situaciones de violencia previstas en la Ley Nº 26.485 (Ley de Protección Integral a las Mujeres) tendrá derecho a gozar de una licencia con percepción de haberes de hasta treinta (30) días, en forma continua o alternada, por año calendario, que podrá prorrogarse por hasta igual término cuando la gravedad del caso así lo amerite”, señala la reglamentación publicada por la Corte.

La normativa sostiene que “licencia entrará en vigencia a partir de la fecha en que se solicite, debiéndose presentar una certificación emitida por alguno de los organismos judiciales o administrativos con competencia en la materia, o cualquier otro elemento probatorio que permita acreditar la situación planteada dentro de los cinco (5) días hábiles posteriores”.

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