exclusiva la descripción y el precio correspondiente al servicio contratado por el consumidor, quedando prohibido incluir cargos ajenos a la naturaleza del servicio”, dijo el jefe del Palacio de Hacienda.
En una imagen de una factura de energía eléctrica del Municipio de La Costa que adjuntó a su mensaje en X, Caputo puntualizó -a manera ilustrativa- cuáles son los recargos impositivos muincipales que ya no podrán ser incluidos en el costo del servicio, entre ellos, tasas de seguridad e higiene, cuota social, Bomberos, una asociación cooperadora para un hospital y otras ordenanzas. Santiago Migone, funcionario de la Secretaría de Industria y Comercio, aseguró que “la resolución abarcará, además, a los impuestos provinciales no relacionados con el servicio”.
El País