Para poder ascender en sus puestos de trabajo, los policías bonaerenses deberán hacerlo con el boletín en la mano. Así lo dispuso el ministro de Seguridad, Cristian Ritondo, quien modificó el decreto 1050/09 para incluir nuevas disposiciones en los cambios de rango.
En el Boletín Oficial de este lunes, el responsable de la Cartera firmó la modificación de 17 artículos en los que se establecen los requisitos para avanzar dentro de la Fuerza a los agentes provinciales.
Como en una libreta escolar, los puntajes de cada efectivo se obtendrán a partir del promedio entre el puntaje en la prueba de aptitud física, de los cursos de entrenamiento permanente, del curso para el ascenso y el punto de la Junta de Calificaciones.
“El orden de mérito determinará el posicionamiento del personal en condiciones de ser considerado para el ascenso de grado. El mismo constará del personal calificado como “apto para el ascenso – muy bueno”, luego como “apto para permanecer en el grado – suficiente” y en tercer lugar el personal calificado como “disminuido para las funciones de su grado – regular”, señala el Boletín.
En tanto, aquellos policías que estén sumariados, que no hayan aprobado algunas evaluaciones, que esté en trámite de retiro o renuncia, que no cumpla con la aptitud física ni psicológica, serán evaluados para permanecer con el mismo grado o bajar, pero no para ascender.
Ritondo además, decidió “establecer como cursos obligatorios para el ascenso los siguientes: de Oficial Ayudante a Oficial Subinspector, de Oficial Principal a Subcomisario, de Comisario Inspector a Comisario Mayor, de Oficial a Sargento, de Subteniente a Teniente y de Teniente 1° a Capitán”