El juez federal Alejo Ramos Padilla, que tiene la competencia electoral en la provincia de Buenos Aires, objetó la candidatura del exministro de Salud Daniel Gollán a diputado nacional, porque al momento de presentarla la lista no había acreditado su domicilio en la provincia, aunque desde su entorno señalaron que los representantes legales del Frente de Todos se disponen a entregar la documentación correspondiente.

Ramos Padilla firmó una resolución en la que advirtió, respecto de la boleta de diputados nacionales del Frene de Todos que “si bien la conformación de la lista presentada se ajusta, en principio, a la paridad de género exigida por el art. 26 inc. “a” de la ley 26.571 y art. 1° del decreto mencionado, surgen, del informe actuarial que antecede, observaciones sobre el cumplimiento de las calidades exigidas respecto del precandidato Titular n° 2, GOLLAN, Daniel Gustavo”.

La alusión del juez es a la falta de acreditación del domicilio en la provincia y de residencia. Es que la Constitución nacional exige, para ser diputado,  “Haber cumplido la edad de 25 años, tener cuatro años de ciudadanía en ejercicio, y ser natural de la provincia que lo elija, o con dos años de residencia inmediata en ella”, según se indica

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